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Existen algunos regimenes de jubilacion especiales que por sus caracteristicas funcionan de manera distinta a la jubilacion ordinaria
Entre ellos encontramos los siguientes
Los requisitos generales exigidos para causar derecho a la prestación en los regímenes especiales son, en cada caso, los siguientes:
Estar en alta o en situación asimilada al alta en el Régimen correspondiente. No obstante, se puede causar derecho a pensión de jubilación desde la situación de no alta, siempre que se reúnan los requisitos de edad y cotización establecidos.
Estar al corriente en el pago de las cuotas, de las que sean responsables directos los trabajadores.
Reunir las condiciones para la inclusión en el censo agrario. Este requisito se exige únicamente en el Régimen Especial Agrario.
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